Mediante la DTR 2/2014, se regula el procedimiento a seguir para la Rúbrica del Libro de Actas y el Libro de Administración del Consorcio de Propietarios.
Los formularios deberán completarse a máquina, y presentarse conjuntamente con los libros en el sector Rúbrica de Libros de Consorcio.
Recuerde que debe presentar un formulario por cada uno de los libros a rubricar.
Datos a completar
Libro de Actas y cantidad de Fojas : consignar el n° de libro y la cantidad de fojas en números.
Libro de Administración y cantidad de Fojas : consignar el n° de libro y la cantidad de fojas en números.
Ubicación del inmueble : indicar calle y números municipales, tal como surge del Reglamento.
MATRÍCULA : consignar el número de matrícula (Ej.: FR 12-345/0, FRE 12-345).
Libro firmado por el escribano : nombre y apellido.
Administrador : nombre y apellido.
SOLICITANTE : nombre y apellido.
Carácter en que actúa : Ej.: empleado, gestor, administrador del consorcio, etc.- Si se tratare del administrador, igualmente debe completar los datos que siguen a continuación.
Domicilio (del solicitante): calle, número, piso, etc.
Localidad : jurisdicción.
Teléfono (del solicitante): número.
Firma : En el lugar determinado al pie del formulario debe constar la firma.
Línea de puntos. El empleado del RPI separará el talón luego de recibir los libros y cotejar los datos.
Datos a completar : deben coincidir con los de arriba.
Libro de Actas n° : consignar el n° del libro en números.
Libro de Administración n° : consignar el n° del libro en números.
Ubicación del inmueble : indicar calle y números municipales.
Matrícula : consignar el número de matrícula (Ej. FR 12-345/0, FRE 12-345).